Régimen de visitas de los abuelos, ¿cuándo es posible?

El papel de los abuelos es fundamental para generar cohesión familiar y transmitir valores a los niños. El vínculo afectivo entre abuelos y nietos es tremendamente positivo en la mayoría de las familias. Pero ¿qué pasa si ante un divorcio, el fallecimiento de un progenitor o simplemente una mala relación familiar, los progenitores tratan de impedir la relación entre nietos y abuelos? ¿Se puede pedir un régimen de visita de los abuelos igual que se pide para un padre en caso de divorcio?

Aunque los abuelos tienen una gran importancia en el crecimiento y desarrollo personal y psicológico de sus nietos, aportando valores y cohesión familiar a los más pequeños de la casa, existen situaciones en las que uno o los dos progenitores pueden obstaculizar o directamente impedir el contacto entre abuelos y nietos.

Esto sucede generalmente en situaciones como:

  • Divorcios o separaciones: Es ya de por sí una situación conflictiva entre los progenitores, que puede trasladarse también a los abuelos, limitándose mucho el contacto con los nietos. 
  • Fallecimiento de uno de los padres: En caso de fallecimiento de uno de los progenitores, puede ocurrir que el otro progenitor se centre en su propia familia dejando de lado a los padres del progenitor que ha faltado.
  • Conflictos Familiares Graves: En otras ocasiones, simplemente una mala relación o la existencia de conflictos entre abuelos y padres puede derivar en que los padres eviten el contacto de sus propios hijos con los abuelos. 

Ante estas situaciones, ¿qué derechos asisten a los abuelos? ¿Cuándo pueden ver a sus nietos y qué han de hacer para lograrlo?

¿Qué derecho tiene un abuelo de ver a sus nietos?

El Código Civil establece en su artículo 160.2 que: «No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y parientes y allegados»

Además, el Tribunal Supremo ha recogido en diferentes sentencias no sólo el derecho de nietos y abuelos a relacionarse, sino que ese derecho resulta beneficioso para ambos y que su relación es preferente a la de otros familiares como podrían ser primos o tíos.

Es decir, el menor tiene derecho a relacionarse con sus abuelos, salvo que exista una causa justificada para impedirlo. Esta causa justa, además, deberá ser acreditada por quien la alega ante un Juez, que será siempre quien, tras valorar cada caso concreto, tomará una decisión definitiva respecto al régimen de visitas de los abuelos, siempre atendiendo al interés legítimo y superior del menor.

¿Cuáles son las causas que justifican que los abuelos no tengan un régimen de visitas?

Entre las causas justificadas para negar un régimen de visitas de los abuelos a los nietos, se encuentran: 

  • Falta de vínculo afectivo o ausencia de relación entre abuelos y nietos durante años.
  • Acusaciones o sospechas de malos tratos o abusos, o condenas penales entre padres y abuelos.
  • Mala fe por parte de los abuelos, tratando de adoptar un rol parental o realizando manifestaciones en contra de los progenitores.
  • Presencia de los abuelos en las visitas del progenitor no custodio (que acompañen a su hijo en la visita a su nieto o nietos).
  • Pruebas psicológicas que acrediten un riesgo razonable para la estabilidad del menor.

Si no se acredita ante el Juez un motivo claro por el que no sería beneficioso para el menor relacionarse con sus abuelos, estos podrán iniciar un procedimiento judicial y solicitar un régimen de visitas a sus nietos para mantener el contacto con ellos.

¿Qué puedo hacer si no me dejan ver a mi nieto o nieta?

Por tanto, salvo que exista una causa justificada por la cual un Juez considere que el contacto entre abuelos y nietos sería perjudicial para el desarrollo de los menores, como abuelo/a tienes derecho a poder seguir viendo y manteniendo el contacto tus nietos.

Para ello, si no lo consigues de manera amistosa, puedes solicitar un régimen de visitas a tus nietos teniendo en cuenta lo siguiente: 

  • Si los progenitores no se han separado y viven en pareja, pero no te dejan ver o visitar a tus nietos, deberás presentar una demanda solicitando el derecho de visitas, comunicaciones y estancia con tus nietos.
  • Si los progenitores se hubieran divorciado o separado, el régimen de visitas de los abuelos se puede incluir en el convenio regulador. Y si no lo incluyera, puedes solicitar judicialmente que se añada.

En ambos casos, y tras tener en cuenta aspectos como la edad del menor, su relación previa con sus abuelos o si, en caso de padres divorciados, existe un régimen de visitas del progenitor no custodio al que puedan adaptarse los abuelos, el Juez dictará sentencia siempre protegiendo el interés superior del menor.

¿Cuánto tiempo tienen derecho los abuelos a ver a sus nietos?

De cara a establecer un régimen de visitas de los abuelos a los nietos, el Juez tendrá en cuenta todas las circunstancias particulares de cada caso, como si los padres están divorciados, si la custodia es compartida o exclusiva, o el tiempo que pasan los hijos con los padres.

En base a estas y otras circunstancias, podrá ser un régimen de visitas amplio, progresivo o restringido

Una medida muy habitual es conceder el derecho de visitas a los abuelos durante un fin de semana al mes y algunos días en vacaciones escolares, sin pernocta. Si el régimen es progresivo, puede ir ampliándose a medida que los nietos vayan cumpliendo años.

En cualquier caso, las particularidades de cada caso son tantas que se recomienda siempre contar con el asesoramiento de un abogado de familia para proteger tanto el derecho de los nietos como de los abuelos a mantener una relación fluida y positiva para los menores.